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DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO

  • Denominación del Título: Máster Universitario en Acceso al ejercicio de la Abogacía y de la Procura
  • Centro responsable: ISDE – centro adscrito a la UCM
  • Curso académico en el que se implantó: 2020/21
  • Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas: 70
  • Número total de ECTS del Título: 90
  • Número mínimo de ECTS por matrícula y período lectivo: 
    • Primer año
      • Tiempo Completo: 60 ECTS
      • Tiempo Parcial: 42 ECTS
    • Resto de años
      • Tiempo Completo: 30 ECTS
      • Tiempo Parcial: 30 ECTS

OBJETIVOS

La adquisición del título profesional de abogado tiene dos fases. La primera consiste en la obtención de la capacitación profesional, y la segunda en la acreditación de la capacitación profesional. La obtención de la capacitación profesional se alcanza a través de una formación “reglada y de carácter oficial” (artículo 2.2 Ley 34/2006). Cuando ésta se imparte en una Universidad, y puesto que se trata de una formación de postgrado, sólo puede configurarse como Máster universitario, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 3 del RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Los objetivos principales de este título derivan directamente de las disposiciones de la Ley 34/2006, puesto que su artículo 1.2 establece que “la obtención del título profesional de abogado en la forma determinada por esta ley es necesaria para el desempeño de la asistencia letrada en aquellos procesos judiciales y extrajudiciales en los que la normativa vigente imponga o faculte la intervención de abogado, y, en todo caso, para prestar asistencia letrada o asesoramiento en Derecho utilizando la denominación de abogado; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de cualesquiera otros requisitos exigidos por la normativa vigente para el ejercicio de la abogacía.”

La oferta de este Máster Universitario satisface, pues, un interés evidente de los titulados en Derecho, que sin la realización de estos estudios no pueden acceder a los Colegios Profesionales de Abogados ni, por ende, al ejercicio de la Abogacía; así se desprende claramente del artículo 1.4 de la Ley 34/2006, que dispone que el título profesional de abogado será imprescindible para la colegiación.

Pero, además, contribuye igualmente a la satisfacción del interés social consistente en contar con los servicios de unos profesionales imprescindibles y de alta cualificación para el funcionamiento de la Administración de Justicia.
Competencias generales, transversales y específicas que los estudiantes deben adquirir durante sus estudios.

COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES

BÁSICAS

  • CB6 – Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación.
  • CB7 – Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio.
  • CB8 – Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación
  • de sus conocimientos y juicios.
  • CB9 – Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades.
  • CB10 – Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.

GENERALES

  • CB1 – Comprender de modo detallado y fundamentado los aspectos teóricos y prácticos de las áreas jurídicas más comunes en el ejercicio profesional, y la metodología de trabajo dentro de los sistemas de organización más frecuentes en el ámbito de la abogacía.
  • CB2 – Aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro del contexto jurídico propio del ejercicio profesional de la abogacía.
  • CB3 – Integrar los conocimientos jurídicos con las responsabilidades sociales y éticas que están vinculadas a la aplicación práctica del Derecho a través del ejercicio profesional de la abogacía.
  • CB4 – Comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades.

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

  • CE1 – Poseer, comprender y desarrollar habilidades que posibiliten aplicar los conocimientos académicos especializados adquiridos en el grado a la realidad cambiante a la que se enfrentan los abogados para evitar situaciones de lesión, riesgo o conflicto en relación a los intereses encomendados o su ejercicio profesional ante tribunales o autoridades públicas y en las funciones de asesoramiento.
  • CE2 – Conocer las técnicas dirigidas a la averiguación y establecimiento de los hechos en los distintos tipos de procedimiento, especialmente la producción de documentos, los interrogatorios y las pruebas periciales.
  • CE3 – Integrar la defensa de los derechos de los clientes en el marco de los sistemas de tutela jurisdiccionales, nacionales e internacionales.
  • CE4 – Conocer las diferentes técnicas de composición de intereses y saber encontrar soluciones a problemas mediante métodos alternativos a la vía jurisdiccional.
  • CE5 – Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales en las relaciones del abogado con el cliente, las otras partes, el tribunal o autoridad pública y entre abogados.
  • CE6 – Evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejercicio de la actividad profesional, incluyendo el funcionamiento básico de la asistencia jurídica gratuita y la promoción de la responsabilidad social del abogado.
  • CE7 – Identificar conflictos de intereses y conocer las técnicas para su resolución, establecer el alcance del secreto profesional y de la confidencialidad, y preservar la independencia de criterio.
  • CE8 – Detectar los requerimientos de prestación y organización determinantes para el asesoramiento jurídico.
  • CE9 – Aplicar en la práctica el entorno organizativo, de gestión y comercial de la profesión de abogado, así como su marco jurídico asociativo, fiscal, laboral y de protección de datos de carácter personal.
  • CE10 – Desarrollar destrezas y habilidades para la elección de la estrategia correcta para la defensa de los derechos de los clientes teniendo en cuenta las exigencias de los distintos ámbitos de la práctica profesional.
  • CE11 – Mejorar la eficiencia de su trabajo y potenciar el funcionamiento global del equipo o institución en que lo desarrolla mediante el acceso a fuentes de información, el conocimiento de idiomas, la gestión del conocimiento y el manejo de técnicas y herramientas aplicadas.
  • CE12 – Conocer, saber organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en sus distintas modalidades organizativas de la profesión de abogado.
  • CE13 – Exponer de forma oral y escrita hechos, y extraer argumentalmente consecuencias jurídicas, en atención al contexto y al destinatario al que vayan dirigidas, de acuerdo en su caso con las modalidades propias de cada ámbito procedimental.
  • CE14 – Realizar trabajos profesionales en equipos específicos e interdisciplinares.
  • CE15 – Desarrollar habilidades y destrezas interpersonales, que faciliten el ejercicio de la profesión de abogado en sus relaciones con los ciudadanos, con otros profesionales y con las instituciones.

PROFESIONES REGULADAS PARA LAS QUE CAPACITA, EN SU CASO

Abogado, según determina la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y de Procurador de los Tribunales y el RD 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

SALIDAS PROFESIONALES

Ejercicio de la profesión de Abogado y Procurador: desempeño de la asistencia letrada en aquellos procesos judiciales y extrajudiciales en los que la normativa vigente imponga o faculte la intervención de abogado, y, en todo caso, para prestar asistencia letrada o asesoramiento en Derecho utilizando la denominación de abogado y Procurador.

INFORMACIÓN GENERAL

Requisitos de titulación o formación previa específica

Graduado en Derecho o haber realizado un Grado respecto del que la ANECA haya acreditado la adquisición de las competencias señaladas.

Licenciado en Derecho

  • Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas: 70
  • Pruebas de acceso especiales, en su caso: No se prevén condiciones o pruebas de acceso especiales, de manera que las vías y requisitos de acceso son los que señala la legislación vigente para acceder a los estudios de Máster.
  • Procedimiento de admisión específico de ISDE: https://isde.es/admisiones/
  • Procedimiento de matrícula en la UCM: https://www.ucm.es/matriculamasteres
  • Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso: Graduado o Licenciado en Derecho.
  • Mecanismos de información y orientación para estudiantes matriculados: Los canales de información y orientación para los alumnos ya matriculados son variados. Por un lado, tienen a su disposición el servicio de coordinación académica específico del Máster Universitario en Acceso al ejercicio de la Abogacía y de la Procura, que atiende todas las peticiones y solicitudes de los alumnos.

ISDE es un centro adscrito a la Universidad Complutense de Madrid. Por tanto, se rige por la normativa de ésta.

CUADRO GENERAL DE LA ESTRUCTURA DEL PLAN DE ESTUDIOS

El Máster Universitario en Acceso al ejercicio de la Abogacía y de la Procura es un Máster de orientación profesional, que habilita para el ejercicio de una profesión regulada, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

Contenido. Consta de 90 ECTS; de ellos, 60 son de formación y 30 de prácticas, en los términos que establecen, respectivamente, los artículos 12 y 14 del Real Decreto 775/2011. Todos los alumnos deben cursar y superar los 90 ECTS completos.

Estructura. Se articula en seis Módulos, de modo que cinco de ellos pertenecen al periodo de formación y el sexto al periodo de prácticas. Los cinco primeros suman los 60 ECTS de formación, y en el quinto se integran los 30 ECTS de prácticas

Cronograma. Está implementado en tres cuatrimestres, de modo que en el primero de ellos se desarrolla el trabajo correspondiente a 30 ECTS; en el segundo, el correspondiente a 30 ECTS y en el tercero a 30 ECTS; entre los tres cuatrimestres suman los 90 ECTS totales.

Lengua. El proceso formativo se desarrolla en castellano. Algunas actividades de formación y algunos centros de prácticas pueden requerir el conocimiento de la lengua inglesa, y así se hará constar en el sistema de acceso.

Planificación docente. Puesto que se trata de una titulación de acceso a una profesión regulada con unas características bien definidas, las actividades formativas y las metodologías docentes serán homogéneas en las materias de naturaleza similar (el grupo de materias formativas, el grupo de materias de prácticas y el Trabajo de Fin de Master), de modo que respecto de todas y cada una de ellas se adquieran las habilidades y destrezas que están en la base de las competencias específicas propias de esta profesión y a las que se refiere el Real Decreto 775/2011.

 

CUADRO GENERAL DE LA ESTRUCTURA DEL PLAN DE MEDIOS

PLAN DE ESTUDIOS. 90 ECTS
Módulo I. Régimen jurídico y actividad profesional. 9 ECTS
Módulo II. Práctica Jurídica: áreas generales. 30 ECTS
Módulo III. Práctica Jurídica: áreas específicas. 9 ECTS
Módulo IV. Oratoria y juicios simulados. 6 ECTS
Módulo V. Trabajo Fin de Máster Prácticas. 6 ECTS.
Módulo VI. Prácticas Externas. 30 ECTS.

Información general con la distribución de créditos en función del tipo de materia y número de créditos de las asignaturas

Módulo I. Régimen Jurídico y actividad profesional (9 ECTS)

Primer Semestre

  • Materia I.1. “Ejercicio de la Abogacía” (3 ECTS)
  • Materia I.2. “Ejercicio de la Procura ” (3 ECTS)

Segundo Semestre

  • Materia I.3. “Deontología y responsabilidad profesional” (3 ECTS)

Módulo II. Práctica Jurídica: áreas generales (30 ECTS)

Primer Semestre

  • Materia II.1: «Práctica Civil» (3 ECTS)
  • Materia II.2: «Práctica Penal» (3 ECTS)
  • Materia II.3: «Práctica procesal Civil y Penal» (6 ECTS)
  • Materia II.4: «Práctica Mercantil» (6 ECTS)

Segundo Semestre

  • Materia II.5: «Práctica Administrativo y CA» (6 ECTS)
  • Materia II.6: «Práctica Laboral y de SS» (6 ECTS)

Módulo III. Práctica Jurídica: áreas específicas (9 ECTS)
Primer Semestre

  • Materia III.1: «Protección de los Derechos Fundamentales» (3 ECTS)

Segundo Semestre

  • Materia III.2: «Procedimientos tributarios y garantías del contribuyente» (3 ECTS)
  • Materia III.3: «Jurisdicción internacional: estrategia y litigación» (3 ECTS)

Módulo IV. Oratoria y juicios simulados  (6 ECTS)
Primer Semestre

  • Materia IV.1: «Oratoria y juicios simulados I: jurisdicciones Civil y Penal» (3 ECTS)

Segundo Semestre

  • Materia IV.2: «Oratoria y juicios simulados: jurisdicciones Social y CA» (3 ECTS)

Módulo V. Trabajo Fin de Máster  (6 ECTS)
Segundo Semestre

  • Materia V.1: «Trabajo Fin de Máster» (6 ECTS)

Módulo VI. Prácticas Externas  (30 ECTS)
Tercer Semestre

  • Materia VI.1: «Prácticas externas I: operadores Jurídicos» (3 ECTS)
  • Materia VI.2: «Prácticas externas II: Ejercicio profesional en entidades colaboradoras»

Breve descripción de los módulos o materias, su secuencia temporal y competencias asociadas a cada uno de los módulos o materias

El Máster Universitario en acceso al Ejercicio de la Abogacía y de la Procura se estructura en seis módulos. Los primeros cinco pertenecen al periodo de formación, mientras que el sexto es el que se corresponde con el periodo de prácticas. Cada uno de los Módulos está integrado por materias. Respecto de la estructura general, es necesario tener en cuenta:

1-. Todos los ECTS son obligatorios para todos los alumnos. El Título no ofrece optatividad, itinerarios o menciones porque se ha considerado que una titulación de acceso a una profesión regulada tan amplia como el ejercicio de la abogacía debe formar a los alumnos de modo que abarquen el mayor número de opciones profesionales posibles, en lugar de ofrecerles especialización para algunas de esas opciones en un momento en el que no han iniciado su carrera profesional.

2-. Precisamente por la amplitud del ámbito jurídico sobre el que se proyecta el ejercicio de la abogacía, las materias están agrupadas en módulos con un criterio temático o de naturaleza jurídica, de modo que el alumno trabaje con un sistema de multidisciplinariedad y transversalidad, estudiando de forma simultánea materias que son distintas pero que tienen elementos de conexión, y que en la práctica pueden presentarse entrelazadas. La estructura de módulos con este criterio temático permite, además, ofrecer dos actividades formativas comunes y transversales a todas las materias que integran un Módulo y de carácter, por tanto, transversal: un ciclo de seminarios a cargo de profesionales de sectores que agrupan a varias materias, y los conocidos en el ámbito jurídico como API, Análisis Práctico Integrado, que supone la resolución de casos prácticos complejos que se proyectan sobre materias distintas.

3-. La amplitud y variedad de ámbitos jurídicos en los que puede desempeñarse la profesión de abogado es, igualmente, el fundamento del número de materias y de la distribución de ECTS por materias, aunque en este caso se une además como factor decisivo la muy distinta tipología de estructura laboral en la que un abogado puede prestar sus servicios. Se ha optado por confiar en la formación recibida por los alumnos en el Grado, de modo que las materias del Máster se diseñan desde un punto de partida avanzado, práctico y profesional, y se ofrecen todas las que con mayor frecuencia puede encontrarse en su ejercicio profesional tanto un abogado de empresa como uno integrado en un gran despacho o que crea uno personal o de pocos miembros. Por estas razones, hay muchas materias cuya presencia resultaba necesaria asegurar, de manera que los ECTS de una importante parte de ellas están entre tres y seis. La profesión de abogado es, de entre todas las jurídicas y sin ninguna duda, la que necesita de una formación más multidisciplinar.

4-. El objetivo fundamental de esta Titulación es formar al alumno para el ejercicio de una profesión regulada. Pero no hay que olvidar que las condiciones de acceso al ejercicio de esta profesión regulada no se agotan en la obtención de la titulación, sino que es necesario después superar una prueba de carácter nacional, de modo que no sería satisfactoria la Titulación que no le ofreciese el alumno las herramientas suficientes para pasar de modo holgado la prueba de acceso. Los datos y ejemplos proporcionados por el Ministerio de Justicia sobre la prueba de acceso pueden encontrase en el siguiente enlace.

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1288776144635/Detalle.html

Prácticas externas (convenios con entidades públicas o privadas, sistema de tutorías, sistemas de solicitud, criterios de adjudicación…)
El Módulo VI, dedicado a las prácticas externas, contempla dos tipos de materias distintas. Por un lado, la materia Ejercicio de la profesión se refiere a la realización de prácticas a tiempo completo en despachos de abogados o en grandes asesorías jurídicas, puesto que son los centros de prácticas que más formativos resultan para una titulación de acceso a la profesión de abogado. ISDE cuenta con acuerdos con las más prestigiosas firmas de abogados que permiten a los alumnos cursar la asignatura Prácticas Externas El procedimiento de colocación en prácticas de los alumnos se realiza en base a los siguientes criterios:

• Sistema de solicitud: los alumnos, durante el primer semestre, entregan a la coordinación académica un formulario de prácticas en el que muestran sus preferencias e inquietudes. En él, expresan las áreas del derecho en las que les gustaría hacer sus prácticas, si su preferencia está en Madrid o en otra ciudad y hacen constar todos aquellos comentarios relacionados con sus futuras prácticas.

• Criterios de adjudicación: el expediente académico es el principal valor a la hora de adjudicar las prácticas. La coordinación académica de ISDE tiene en cuenta el expediente del alumno junto con sus méritos, capacidades y habilidades.

Sistema de tutorías: Los alumnos mantienen entrevistas y tutorías con el coordinador académico y tutor de prácticas tanto en la fase previa al inicio de las prácticas como durante el tiempo de su desarrollo.

La materia Operadores Jurídicos pretende que el alumno invierta algunas jornadas en conocer el funcionamiento de profesiones e instituciones jurídicas estrechamente relacionadas con el ejercicio de la abogacía. La materia Operadores Jurídicos no se limita al conocimiento físico y externo de lugares en los que se desarrollan aspectos o facetas de la vida profesional de los letrados, sino que tiene como objetivo un verdadero conocimiento práctico de cuestiones que afectan realmente a la calidad del trabajo que profesionalmente realizan. Es posible que, durante la realización de las prácticas, los alumnos entren en contacto con algunas de estas profesiones o instituciones, pero puede suceder también que tal contacto no se produzca, o que tenga lugar con algunas de ellas y en absoluto con otras, puesto que el ámbito jurídico del ejercicio de la profesión de abogado es muy amplio, y muy variada la tipología organizativa de los despachos. Sin embargo, y puesto que esta titulación pretende capacitar al alumno para el ejercicio en cualquier área jurídica y en cualquier tipo de despacho, parece muy conveniente que todos ellos traben contacto con el Tribunal Constitucional, la policía judicial o el Registro mercantil, por poner algunos ejemplos.

Los 30 ECTS del Módulo VI son obligatorios para todos los alumnos. Los 3 ECTS de operadores jurídicos se desarrollarán entre el tercer semestre, y los 27 ECTS correspondientes al ejercicio de la profesión tendrán lugar también en el tercer semestre. El listado de convenios firmados actualmente por ISDE con diversas instituciones y empresas es el siguiente, sin perjuicio de que se siguen gestionando convenios con los principales despachos de abogados, con el fin de poder ofrecer la mejor oferta de prácticas posible.

El listado de convenios firmados actualmente por ISDE con diversas instituciones y empresas es el siguiente, sin perjuicio de que se siguen gestionando convenios con los principales despachos de abogados, con el fin de poder ofrecer la mejor oferta de prácticas posible

ABA Consultores • Abdón Pedrajas • Adesse Abogados, S.L. • Adopta • AGM Abogados • Alcántara y Blay, Abogados • Albiñana & Suárez de Lezo • Alemany, Escalona & Escalante • Alfred Font Barrot & Federico de Valenciano • Almazor & Espuny Abogados • Alonso-Cuevillas, Abogados, S.L. • Altalex. Asesores Legales y Tributarios • Arasa & De Miquel, Abogados Asociados • Arraut & Asociados • Asesoría Jurídica del Banco de Valencia • Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE) • Audihispana Grant Thornton • Auditing Abogados y Economistas, S.L. • Auditing-BCM • Auge Group • Azpitarte Nadal y Pizcueta, Abogados (Iberforo) • B.D.O., Audiberia, Estudio Jurídico y Tributario • Bailey & Marzano • Baker & McKenzie • Balms Abogados •  Banc Sabadell • Barroso, Jover y Martí • Bartolomé & Sans & Briones, Abogados • Bridge Mediation San Diego • Blay Blanc, Abogados • Bodegas Torres • BRAVO Abogados • Brosa Asociados • Broseta Abogados • Brugueras, García Bragado, Molinero y Asociados • Bufet Bonfill, Abogados Asociados • Bufete Alexander Pitts • Bufete Amorós, Abogados Asociados • Bufete Arenas • Bufete Aynat • Bufete Bonmatí • Bufete Carlos Pin, Abogados y Economistas • Bufete Casals Colldecarrera • Bufete Coca y Asociados Centro de Estudios Legales • Bufete Conde – Escalza, Abogados Asociados • Bufete Dexeus, Abogados Asociados • Bufete Díaz y Asociados • Bufete Estany • Bufete Francesc Abellanet • Bufete Gómez Escolar • Bufete Hernández Gil • Bufete Internacional • Bufete Jesús Blanco • Bufete Jordi Abel • Bufete Juan Enrique Pérez Jamar • Bufete López Barrionuevo • Bufete Marimón • Bufete Marroquín Abogados Asociados • Bufete Miralbell Guerin, Abogados Asociados • Bufete Molina Cabrera • Bufete Molins • Bufete Ribalta, Abogados Asociados • Bufete Rofes, Abogados Asociados • Bufete Trepat & García • Bufete Usón • Bufete Vega Sala • Bufete Voltá • Bufete Yúfera • C.L. & A • Cannonica, Clostre & Associés • Casas & Ferrán, Abogados • Ceca Magan• CEFISER Centro de Estudios Legales • Centro de Estudios Legales • Chapin, Fleming, Mcnitt, Sea & Cartner • Clifford Chance • Club Internacional del Libro • Clyde & Co • Coelho Ribeiro & Associados • Congente, S.L. • Consejo Superior de Deportes • Cordier Law Offices • Córdoba Roda • Coudert Brothers • Cremades Calvo-Sotelo • Cuatrecasas Goncalves Pereira  Abogados • Davies Arnorld Cooper • De Dios, Lanau y Masanella • De Olivar & Selva & Zegrí, Abogados Asociados • Deloitte & Touche, Jurídico Tributario • Demolin & Brulard• Departamento Jurídico de American Nike S.L. • Departamento Jurídico de CESPASA•  Departamento Jurídico de Damm, S.A. • Departamento Jurídico de El Corte Inglés • Departamento Jurídico de FECSA-ENDESA • Departamento Jurídico de la Caixa de Catalunya • Departamento Jurídico de la Caixa de Pensions i Estalvis de Barcelona • Departamento Jurídico de la Fundación Tutelar Privada Aspanias • Departamento Jurídico de Nestlé España, S.A. • Departamento Jurídico de Nissan Motor Ibérica • Departamento Jurídico de Pepsico, S.A. • Departamento Jurídico de Sorea, AGBAR • De Pascual & Marzo y Asociados • Despacho Ferrer de San Segundo, Abogados y Asesores • Despacho Frübeck • Despacho Jiménez de Parga, Abogados Asociados • Despacho Melchor de Las Heras • Díaz-Bastien & Truán Abogados • Díaz, Reus & Targ, LLP • Diputación de Barcelona • DLA Piper • Domenech Mascaró, Abogados • E & Y Law-Ernst & Young Abogados • Ebame Abogados Asociados • EDM Holding • Egea Abogados • Ernesto Hernández Baquero, Abogados • Escudero & Sastre & Heredia • Estudio Jurídico de Rodrigo de Larrucea • Estudio Jurídico Ferrer – Monforte & Bonmatí • Estudio Jurídico Profesor Rodríguez Mourullo • Estudio Jurídico Venegas Caruana • Eversheds Lupicinio • Fàbregas i Oriola • Fenwick Elliot • Fes Gabinete Jurídico • Figueroa, Yáñez & Huidobro • Finers Stephens Innocent • Font Abogados y Economistas • Foro Legal, Asesores • Franco Caiado, Abogados • Freshfields Bruckhaus Deringer • Gabinete Ros Petit • García Deville Palavicini Abogados • García Vidal, Abogados • Garrigues • GDP Abogados • Gibelman & Salvoni • Gil Gibernau Abogados Asociados • Giménez- Salinas & Trías de Bes Abogados Asociados • Gloor & Sieger Rechtsanwälte • Goldman Antonetti & Córdoba P.S.C. • González Franco • Goñi y Cajigas Abogados • Gomáriz, Rofés & Carballeda, Abogados Asociados • Gómez-Acebo & Pombo • Gómez- Toledo Abogados Asociados • Grant Thornton • Guzmán Guía Calvo • Halliwells • Hammonds • Herber Smith • Herus Estudi Legal • Hispajuris A.I.E. • Hochelaw • Howrey Martínez Lage Abogados • IBM- International Business Machines, S.A • IDLO • Infiesta, Souto, Lamas • ING Lease España • Inter-American Bar Association • J. Carlos Pin Asesores Centro de Estudios Legales • Jausàs • Javier Boig Reig, Abogados • Jesús Casas Robla • Jesús Zarzalejos Nieto • JGBR Horwath • Jiménez Astorga • Joaquim Hergueta, Abogados • Joli-Coeur, Lacasse, Emieux, Simard, St. Pierre • Jones Day • José Ramos, Abogados • Juarez Bufete Internacional•  Jufresa y Asociados, Abogados Penalistas • KPMG Abogados • KSB Law • Laboratorios Lacer • Lahoz & De Ramón • Landwell  PWC• Lamy Lexel • Larrauri & López Ante • Legal Link, Derecho de las • Telecomunicaciones y Tecnología • Legálitas • Lener • Lexland-De Pascual Marzo • LG • Liga de Fútbol Profesional Española (LFP) • Linares Abogados • Lindhs Advokatbyra • Linklaters • Llaneza y Asociados, Abogados • Lliset Abogados Asociados • Lobao-Subirats • López Acosta Rivero & Gustafson • Lovells • Ludovissy & Asocies • Maniega & Soler • Manuel Delgado, Abogados • Marco Legal Abogados y Economistas S.A. • Marianne C. Cordier • Martell Abogados • Martínez Aynat, Abogados Asociados • Marzars, Abogados • Mcv McConnell Valdés • Med Group • MLA Associates • MMM&M, Abogados Monereo Meyer Marinello Abogados • Montané Martínez Conde, Advocats • Morgan & Morgan • Moseley, Prichard, Parrish, Knight & Jones • Murillo, Arroyo y Asociados • Mutua Intercomarcal • Nogueira Abogados • Ogazón Rivera • Olleros y Asociados • Oller Abogados • Ortín & Asociados • Osborne Clarke OWA • Pannone & Partners • Pascual, Marzo y Vilaseca • Paulo Roberto Murray Advogados • Pérez-Llorca • Phillips Solicitors • Pintó Ruiz & Del Valle • Piqué Vidal y Abogados Asociados • Por tabella- Fernández de Villavicencio Abogados Asociados • Pou de Avilés • Pou Viver • Pritchard Englefield • Proasa Sevilla, S.A. • Promodeico • Rafael Blanes Albiñana y Cía • Rafael Montes, Abogados • Rakisons Solicitors • Ramón y Cajal • RBBM Advogados Sports & Entertainment • RCD Espanyol • Registros de la Propiedad • Registros Mercantiles • Riba, Abogados • Riba Vidal Abogados S.L. • Rivera, Bolivar y Castañedas • Roca Junyent, Abogados Asociados • Rödl & Partner • Rosselló & Musolas • Rousaud, Costas, Duran • RSM Audihispana • Ruiz, Huerta & Crespo Sports Lawyers • Russin, Vecchi & Heredia Bonetti • Sainz de Buruaga • Sainz de Baranda • Salans • Salvatierra Abogados y Fiscalistas • Sánchez del Águila y Ballabriga • Santamaría & Pera • Santiago Mediano Abogados • Sastre Papiol, Abogados • Schiller Abogados • SchwarzKurtze Schniewind Kelwing Wicke • Sierra, Rouanet y Corral, Asesores S.L. • Silva, Riba & de Lachica, Abogados • Socoró, Autó & Nadal • Soler Marco & Asociados • Spreafico Marsaglia • Sprim Box España • Studio Legale Biamonti • Studio Legale Rubino Sammartano • Studio Legale Sica • Tamborero del Pino • Tebas & Coiduras • Tondreau et Associés • Torralba y Asociados • Tribugest • Uría & Menéndez • Velázquez 4, Abogados y Asesores de Empresas • Ventura Garcés, Abogados • ViaLegis y Dhutill Abogados• Vilaseca, Abogados • Vives Rodríguez de Hinojosa • V2C Abogados • Zarraluqui Abogados• Acciona Energía• ADIF – Administrador de infraestructuras Ferroviarias• AECE (Asociación Española de Expertos Contables y Tributarios)• ATTEST• AUREN• Banco Banif• Ferrovial• Garrido Abogados y Asesores Fiscales S.L.• Grupo Aldesa, S.A.• Grupo Banco Popular• Grupo Level• Hallman & Burke• J&A Garrigues, S.L.• Nordkapp• Popular Banca Privada• AFS-Finance• Bancaja• Caja Madrid• Grupo Mahou San Miguel• Grupo Repsol• Hedge Funds• Pelayo Mondiale• AC&G Asesores Legales• Bancaja Fondos• Grupo Aldesa S.A.• Skadden Arps• Argentinean Football Federation• Ashurst• Bär & Karrer Rechtsanwälte• Beiten Burkhardt Mittl & Wegener• Belgium Football Federation• Çaykur Rizespor Club• Coccia de Angelis & Associati Studio Legale e Tributario• Colucci Law Firm• D. Mirkin & Co. 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Ejecución de Penas y Derecho Penitenciario• Clave Abogados. Procesos Administrativos• Ceca Magán• Nabadas Asesores• Cuerpo Diplomático• Anathenea• Learning Point Prestns School• Maniega y Soler• BME Consulting• Ayuntamiento Pozuelo• DAC Beachcroft• Herbert Smith• Sonae Sierra• Martínez Lage, Allendesalazar & Brokelmann • Référendaire EU Court Justice• Univ. Alfonso X El Sabio• Interjuris• Universidad de Salamanca• Gómez – Toledo Abogados Asociados• Escolar Abogados• Grupo Bestinver• Priomodeico, S.A.• Derecho Societario• Mazars & Asociados, Abogados y Asesores Fiscales• Marianne C.Cordier• Lindhs DLA• Beato Abogados.• Sánchez-Junco Abogados.• Gabinete Jurídico Miguel Bajo• Letrados de la Seguridad Social.• Despacho Esteban Mestre.

TRABAJO FIN DE MÁSTER

El Trabajo de Fin de Máster se inserta, con un Módulo propio, dentro del periodo de formación. El Trabajo de Fin de Máster consistirá en emitir un dictamen jurídico sobre un supuesto concreto y multidisciplinar como el que puede serle solicitado a cualquier profesional de la abogacía y en defenderlo ante la Comisión Evaluadora, que podrá formular al alumno, además de las cuestiones que estime oportunas respecto del contenido del dictamen, otras relacionadas con distintos elementos del ejercicio de la profesión, como el modo de fijar los honorarios que podrían señalarse por el dictamen emitido o el criterio del alumno sobre cuestiones deontológicas que guarden relación con la materia del dictamen o con la situación de quien lo solicita, entre otros ejemplos posibles.

El número de ECTS atribuido al TFM es de 6, el mínimo señalado en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Es una opción coherente, tanto con la proporción de otras materias en una titulación que se proyecta sobre un ámbito jurídico amplísimo, como con el papel que se estima que debe jugar un trabajo de estas características en una titulación de acceso para el ejercicio de una profesión regulada.

RECURSOS, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS DE LA TITULACIÓN (AULAS INFORMÁTICAS, RECURSOS BIBLIOGRÁFICOS, BIBLIOTECAS, SALAS DE ESTUDIO…)

ISDE dispone de todas las instalaciones y equipamientos necesarios para el desarrollo de una oferta formativa que aúne las características requeridas por la legislación vigente y las facilidades para que los estudiantes puedan acceder a una formación basada en la excelencia.

Las instalaciones se concentran en la sede Principal situada en la Calle Serrano 208, 28002  Madrid.

INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS

AULAS

El número de aulas, biblioteca, laboratorios de idiomas, salas de trabajo, despachos docentes, despachos de tutorías y despachos de investigación del Centro Adscrito ISDE responden a los requisitos de la legislación vigente en cuanto a ocupación por estudiantes y a las características específicas de los estudios cursados en la Escuela.

 

INSTALACIÓN

NÚMERO

Aulas

11

Aula magna

1

Despachos

16

Biblioteca

1

Espacios docentes

2

Sala de Profesores

1

Sala Informática

1

Cafetería

1

 

BIBLIOTECA

Los estudiantes y profesores de ISDE podrán utilizar la Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid.

Las propias instalaciones de la sede del ISDE, disponen de una sala biblioteca con fondos bibliográficos especializados en las materias impartidas en el centro.

Tanto las Bibliotecas como las salas de lecturas cuentan con libros, revistas y obras especializadas a disposición de los estudiantes, para consultas en las diferentes materias y áreas de estudio que se imparten.

El número de puestos de lectura simultáneos y los horarios de apertura garantizan el cumplimiento de los requisitos marcados por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril en su Anexo, segundo.

ISDE, gracias al convenio alcanzado con el Grupo Difusión Jurídica, pone al servicio de sus estudiantes las Bases de Datos Economist & Jurist así como la herramienta de consulta más novedosa para ayudar al abogado en su trabajo, Casos Reales

La aplicación Casos Reales es un instrumento informático orientativo para la actividad legal, dotando al estudiante de conocimiento para su posterior actuación en una intervención jurídica, en base al análisis de casos reales similares.

EQUIPAMIENTO

El ISDE es un Centro multidisciplinar que dispone de los recursos materiales y técnicos más avanzados para la impartición de enseñanzas, aprendizaje y prácticas de los estudiantes, pensados específicamente para atender el carácter especial de las enseñanzas que se imparten, de modo que estudiantes y profesores pueden trabajar con los equipamientos y herramientas apropiadas.

Además, ISDE colabora habitualmente con diferentes despachos, empresas e instituciones de carácter público y privado para la explotación de dichas instalaciones y/o el alquiler de equipos técnicos necesarios para el desarrollo de actividades docentes y académicas.

La sede del ISDE en la calle Serrano, 208 dispone de una red local de categoría 5e que da servicio de forma independiente a estudiantes y personal docente. Ambas redes están implementadas mediante VLANs tanto en las zonas cableadas como en las inalámbricas.

Cada aula dispone de un equipo con conexión a Internet y a los diferentes recursos docentes conectado al sistema de proyección audio/video, que usa el profesor en caso de necesitarlo.

SERVICIOS COMUNES

– COMEDOR

Estudiantes, profesores y empleados de ISDE, independientemente de cual sea su turno u horario, tienen acceso a la cafetería, situada en la planta baja de las instalaciones donde se sirven café, bebidas, alimentos.

De lunes a viernes de 8:30 a 14:30.

Comienzo curso: viernes 29 de septiembre de 2023
Comienzo clases: lunes 2 de octubre de 2023

1. MODALIDADES DE MATRÍCULA.

Número mínimo de ECTS por matrícula y período lectivo

  • Primer año
    • Tiempo Completo: 60 ECTS
    • Tiempo Parcial: 42 ECTS
  • Resto de años
    • Tiempo Completo: 30 ECTS
    • Tiempo Parcial: 30 ECTS

Las normas de permanencia en la Titulación son las aprobadas por la UCM para la permanencia en la Universidad.

2. ANULACIÓN DE MATRÍCULA.

La matrícula formalizada en el Máster de Acceso a la Abogacía podrá anularse en los siguientes supuestos:

  • Primero: Denegación por falta de requisitos académicos.
  • Segundo: Cambio de universidad.
  • Tercero: Renuncia.
  • Cuarto: Falta de pago.

3. CÓMPUTO DE CONVOCATORIAS.

  • Primero: El número de convocatorias por cada asignatura tendrá un límite máximo de seis. En la quinta y sexta convocatoria, el alumno tendrá derecho a ser evaluado por un Tribunal constituido por tres profesores, y nombrado de acuerdo a las normas vigentes en el Centro.
  • Segundo: Se concederá una convocatoria extraordinaria a los estudiantes que, habiendo agotado las seis convocatorias de una asignatura, cumplan alguno de los siguientes requisitos: 1º. Les reste para finalizar sus estudios el 30% como máximo de los créditos del correspondiente plan de estudios. 2º. No hayan disfrutado previamente de una convocatoria extraordinaria para alguna asignatura de la misma titulación. 3º. La nota media del expediente académico tras la grabación de las actas de las asignaturas matriculadas sea igual o superior a la calificación media de la promoción titulada dos cursos anteriores en el correspondiente estudio.
  • Tercero: Excepcionalmente, y siempre que no concurra alguna de las circunstancias expresadas en el apartado anterior, se concederá una convocatoria extraordinaria a los estudiantes que hayan agotado el número máximo de convocatorias en una asignatura, siempre y cuando justifiquen documentalmente alguna situación de las que a continuación se señalan: a) enfermedad grave y prolongada del estudiante. b) enfermedad grave y prolongada o fallecimiento de cónyuge, hijo/a, padre, madre o hermano/a. c) causas económico-laborales graves de especial relevancia para el caso. d) situaciones lesivas graves que afecten a la vida académica del estudiante. e) otras circunstancias análogas relevantes, de especial consideración.
  • Cuarto: Para cada asignatura, la convocatoria extraordinaria será concedida por una sola vez, y únicamente para el curso académico en el que se solicita, pudiendo presentarse el estudiante en la convocatoria de su elección. Se celebrará ante un Tribunal constituido por tres profesores, y nombrado al efecto de acuerdo con las normas vigentes en el Centro; en cualquier caso, uno de los tres componentes será un profesor de otro Departamento afín al de la asignatura a evaluar. La prueba versará sobre los contenidos del programa oficial aprobado por el Departamento correspondiente, que deberá ser conocido por el estudiante. Además de la prueba realizada, el Tribunal deberá valorar el historial académico y demás circunstancias del alumno.
  • Quinto: El estudiante deberá matricularse de la asignatura para la que tiene concedida la convocatoria extraordinaria, y podrá matricularse, además, de las asignaturas que considere oportunas, con las limitaciones que establezca el correspondiente plan de estudios

4. MÍNIMOS A SUPERAR.

  • Primero: Los estudiantes de primer curso que no hayan aprobado ninguna asignatura básica u obligatoria en las convocatorias del primer curso académico, sin que concurra alguna de las causas descritas en el apartado III. tercero anterior, no podrán continuar los mismos estudios.

5. NORMAS RELATIVAS A LA COMPENSACIÓN

  • Primero: Los estudiantes que estén pendientes de la superación de una o, en su caso, dos asignaturas para la finalización de sus estudios en una titulación, se les aplicará la normativa de la Universidad Complutense relativa a los Tribunales de Compensación.

ISDE es un centro adscrito a la Universidad Complutense de Madrid. Por tanto, se rige por la normativa de ésta.

En líneas generales, la normativa sobre reconocimiento y transferencia de créditos  se asienta, respecto de las enseñanzas de Máster, en los siguientes criterios:

  • Los reconocimientos se realizarán entre asignaturas superadas en enseñanzas oficiales de Master siempre en función de las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas de origen y las previstas para el Plan de estudios del título de Master Universitario
  • Pueden ser objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de Licenciatura, Ingeniería Superior o Arquitectura, siempre que procedan de asignaturas vinculadas al segundo ciclo y atendiendo a la misma adecuación de competencias.
  • Se podrán reconocer créditos cursados en enseñanzas oficiales de Doctorado.
  • Es posible obtener el reconocimiento de créditos por experiencia profesional o laboral de análogo nivel, que en ningún caso superarán en su conjunto al 15% del total de créditos que constituyan el plan de estudios.
  • El Trabajo de Fin de Master no podrá ser nunca objeto de reconocimiento.
  • El reconocimiento de créditos no podrá superar el 40% de los créditos correspondientes al título de Master para el que solicite el Reconocimiento
  • No podrán ser reconocidos créditos de asignaturas previamente reconocidas o convalidadas.

DISPOSICIONES

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de octubre de 2011 por el que se aprueba la modificación del Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos (Publicado en el BOUC de 10 de noviembre de 2011).
  • Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos, de 15 de julio de 2010 (BOUC 15 de noviembre de 2010).